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El acoso sexual por Internet

Desde la apertura pública de Internet y la creación de la web como su servicio más popular, una de las características más atractivas que brindan los entornos virtuales es la posibilidad de construir diferentes identidades ficticias. Mediante el uso de apodos o nicknames podemos relacionarnos e intercambiar opiniones libremente con otros usuarios en redes sociales, foros de discusión, blogs, chats o juegos en línea. Pero esto también representa un riesgo en sitios con fuerte presencia de niños, niñas y adolescentes que no ofrecen medidas de seguridad óptimas para ellos: la presencia de adultos que ingresan en estos espacios haciéndose pasar por pares con el objetivo de ganar su confianza y acosarlos sexualmente.

En la jerga de Internet, este delito recibe el nombre de grooming –derivado del verbo en inglés to groom, preparar– y se define como el proceso de captación y manipulación de menores on line con fines sexuales. En líneas generales, el grooming tiene tres objetivos: concertar un encuentro real con el menor para concretar un abuso; el acoso virtual mediante relatos eróticos; y distribución de imágenes pornográficas y obtener material multimedia: fotografías o videos a través de la cámara web en situación de desnudez. A diferencia de otros ilícitos virtuales que tienen lugar en lugares públicos como cibers y locutorios, este delito se comete generalmente en ámbitos privados y domicilios particulares, fundamentalmente a partir del riesgo de exposición del material a terceros.

Existen también aquellos que utilizan las aplicaciones de Internet para obtener pornografía infantil, no para consumo personal, sino para la venta del material a pedófilos y/o proveer a mercados negros virtuales donde se puede encontrar este tipo de “servicio”. En este sentido es importante señalar que algunos de estos acosadores se aprovechan de una nueva tendencia entre los adolescentes a partir del uso de nuevas tecnologías: el sexting. Así se denomina a la retratación y el intercambio de imágenes sexuales o textos eróticos a través de teléfonos celulares por parte de adolescentes. Para muchos de ellos, Internet es parte de su proceso de desarrollo donde establecen relaciones con sus pares y construyen su identidad social, sexual y emocional. En este sentido, lo que comienza como un juego entre parejas luego puede reenviarse a un público más amplio.

Según un informe de Unicef de 2012 realizado en países occidentales, el perfil promedio de las imágenes de los menores de edad fotografiados o grabados son preadolescentes, mujeres de tez blanca, con edades que van de 1 a 10 años. El estudio indica además que la mayoría de quienes cometen este delito no son desconocidos, sino personas que frecuentan el entorno de la víctima, sea familiar, tutelar o que establecen cierta cercanía con el menor. Yatasto Noticias. En términos de prevención, es fundamental que los gobiernos trabajen juntamente con las empresas de servicios de Internet para generar entornos seguros, generando canales de denuncia frente a posibles casos de acoso en línea, exigiendo a las empresas que generen mecanismos adecuados para supervisar la presencia de adultos en el intercambio con menores de edad y establecer la presencia de moderadores en charlas, entre otras medidas. Se recomienda a los padres tomar medidas preventivas como situar las computadoras en entornos visibles –no en las habitaciones de los niños–, dialogar con ellos acerca de sus actividades en la red o instalar programas de control parental no invasivos en sus computadoras capaces de filtrar determinados accesos de los menores a sitios web y bloquear la posibilidad de determinados chats en la PC. Si bien no muchos países tienen tipificado el delito de grooming en sus legislaciones penales, en noviembre de 2013 el Congreso de la Nación sancionó la ley Nº 26.904, donde establece penas de hasta 6 años para aquellas personas que atenten contra la integridad sexual de un menor de edad en la República Argentina.

El bullying en la web

En los últimos tiempos y fogoneada por algunos medios de comunicación, tomó dimensión la palabra bullying –no bowling– como sinónimo de una conducta agresiva de una persona hacia otra en cualquier ámbito. La influencia de Internet en la adopción de nuevas palabras en inglés –selfie en vez de autofoto, stalkeo al chusma o controlador, por ejemplo– hace caer en el error de bastardear algunos términos y asignarles un significado erróneo al que tienen. Si bien la palabra bullying deriva del verbo “bully”, que significa intimidar, amedrentar o atemorizar, se refiere a un tipo de acoso particular que se diferencia de otros tipos de hostigamiento. Remite a un comportamiento agresivo que se da entre niños y adolescentes en forma sistemática durante cierto período en el ámbito escolar. Si bien representa un tipo de acoso realizado por una o varias personas contra otra, el término se refiere a este tipo y no a cualquier conducta de este tipo, como lo puede ser la violencia en el noviazgo, el acoso laboral o el acecho, este último un tipo de intimidación que si bien puede ser persistente en el tiempo, no se relaciona con el ámbito escolar, ya que se realiza persiguiendo a una persona, dañando su propiedad, realizando llamadas telefónicas, etcétera.

El bullying incluye insultos, amenazas, actos de discriminación, divulgación de rumores, comentarios despectivos hacia la persona, exclusión del grupo y violencia física. Existen tres tipos de acoso dentro de este comportamiento: el acoso verbal, diciendo o escribiendo cosas negativas hacia la persona acosada, tales como insultos, burlas, comentarios sexuales inapropiados, xenófobos y racistas, y provocaciones de todo tipo; el acoso social, que consiste en dañar o afectar su reputación en el grupo de pertenencia de la víctima para que no compartan nada con ella, divulgando rumores, falsas acusaciones o realizando bromas delante de ellos, por ejemplo; y por último, el acoso de tipo físico, que consiste en golpear, patear, empujar, tropezar, escupir, pellizcar, romper, esconder o desaparecer las cosas de la persona acosada. Los dos factores que diferencian al bullying de otros tipos de acoso son la repetición y un desequilibrio de poder –real o percibido– entre los involucrados. En este caso, los comportamientos agresivos son constantes y persistentes, mientras que la persona acosadora tiene la sensación de domino o superioridad por sobre la persona acosada.

En este tipo de conductas, tanto la persona que acosa como el acosado son víctimas, por lo que no hay que estigmatizar a los menores llamándolos “acosadores” o “víctimas”. Si bien a veces se relaciona el bullying con el suicidio, en la mayoría de los casos los jóvenes acosados no toman esta decisión. Los efectos que pueden producir en el niño acosado son temor, pérdida de atención, baja participación en clase, bajo rendimiento, ausentismo, abandono escolar, trastornos alimentarios, angustia, depresión y problemas físicos y psicológicos. Los niños o adolescentes acosados son percibidos como diferentes del resto, débiles o incapaces de defenderse, no se relacionan con el resto de sus compañeros y se aíslan del grupo. Las personas que acosan son vistas como agresivas, no se adaptan a las reglas y usan la violencia y su popularidad para ello.

El cyberbullying es el acoso cometido por medio de dispositivos electrónicos –teléfonos celulares, computadoras y tabletas– a través de servicios y aplicaciones de Internet tales como correos electrónicos, chats, foros, blogs, redes sociales, SMS, servicios de mensajería por celular, entre otros. Incluye mensajes agresivos, burlas, rumores, fotos y videos ofensivos. Además de incorporar material multimedia tales como texto, audio y video, el cyberbullying presenta características propias. Uno de ellos es la posibilidad de anonimato, en tanto que Internet permite crear identidades ficticias a partir de la adopción de perfiles falsos. Asimismo, los medios digitales permiten una mayor amplitud del acoso a partir de la variedad de medios para el envío de mensajes agresivos y el público que acceden a ellos. La última característica de la versión virtual del bullying es la permanencia del acoso, en tanto que existe la posibilidad de realizarlo los siete días a las semana las 24 horas del día desde el hogar.

La ausencia de contacto físico es un factor central, ya que el acoso no se realiza cara a cara y se permiten comportamientos más agresivos sin que exista la posibilidad de represalia por parte de la persona acosada. Asimismo, Internet permite una mayor impunidad a partir de la posibilidad de eliminar estos mensajes fácilmente, tanto así como volver a publicarlos rápidamente en otros entornos. Si bien al igual que otras conductas indebidas en Internet, no existen estadísticas sobre este tipo de comportamiento, los medios más comunes de acoso en línea son el envío de cadenas de mails agresivos y humillantes; la publicación de comentarios, fotos y videos despectivos en redes sociales y la creación de páginas web o grupos específicos de Facebook en contra de la persona acosada, de tipo “yo odio a tal persona” o “tal persona es tal cosa”. En Argentina existieron varios casos de cyberbulling denunciados ante la Justicia, donde se ordenó cerrar determinados perfiles de Facebook y páginas web discriminatorias.

Fuente: Página 12. Por Gustavo Sain. Asesor en cibercrimen del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y titular del curso de posgrado virtual: Los delitos informáticos en la era de la información (UNQ).